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ABC del trabajo remoto

¿Son iguales los conceptos de “trabajo desde casa”, “teletrabajo”, “trabajo a distancia” o “trabajo remoto”? ¿Qué sucederá con el trabajo a remoto, después de la pandemia?

 

Por: Luis E. Forero Medina  Abogado/Especialista enSaluderecho 


En el Perú se implantó el trabajo en casa desde mediados de marzo de 2020, con el fin de combatir el contagio del coronavirus; medida que ha dado pie para cometer abusos de algunos empleadores en cuanto incumplen las normas legales sobre la jornada de trabajo y derecho de los trabajadores a desconectarse digitalmente.

 

¿Desde cuándo y hasta cuándo rige el trabajo remoto?

 

Rige desde el 15 de marzo de 2020, establecido mediante decreto de urgencia Nº 026-2020 y fue prorrogado hasta el 31 de diciembre del mismo año, según Decreto de Urgencia Nº 055-2021. En anteriores oportunidades se había decretado como fecha limite al trabajo remoto el  31 de julio del 2021 y después hasta el 3  de septiembre de este año.


¿A quienes se aplica?


A  los sectores público y privado; respecto de los empleos que se pueden desarrollar desde casa, siempre y cuando exista la voluntad del trabajador.


¿A quienes no se aplica?


A los trabajadores confirmados con el COVID-19, ni a quienes se encuentran con descanso médico. Cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto y mientras dure la emergencia sanitaria por el COVID-19, el empleador debe otorgar una licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior. El trabajo a remoto es imposible ejecutarlo en algunos sitios remotos de la geografía peruana, en donde no se cuentan con las condiciones técnicas.

 

¿Cuántos trabajadores públicos y privados están trabajando en casa?

 

Las autoridades peruanas no cuentan con un dato fidedigno al respecto; sin embargo los empleos registrados en la modalidad de teletrabajo/trabajo remoto crecieron exponencialmente (en alrededor de 220 mil) en diciembre de 2020 en comparación al mismo mes de 2019, indicó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).


Según nivel de actividad económica, el sector servicios concentró cerca del 80 % del total de trabajadores en situación especial de teletrabajo.


¿Qué derechos tienen los  trabajadores que hayan sido diagnosticados con COVID-19?


El Seguro Social de Salud - EsSalud  otorga a los trabajadores, cuya remuneración mensual sea de hasta S/ 2 400 soles el subsidio por incapacidad temporal para el trabajo, por los primeros 20 días de incapacidad.

 

¿Qué es el trabajo remoto?


El trabajo remoto se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio.


¿Qué es el trabajo desde casa?


El trabajo desde casa es una modalidad de trabajo en la que el trabajador realiza las principales tareas de su trabajo mientras permanece en su casa, utilizando la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC). (Organización Internacional del Trabajo –OIT-)


¿Son iguales los conceptos de “trabajo desde casa”,  “teletrabajo”, “trabajo a distancia” o “trabajo remoto”?

 

El “trabajo desde casa” es una modalidad de teletrabajo en el hogar; “ el teletrabajo” puede desempeñarse en diversos lugares,  (como el trabajo itinerante); “trabajo a distancia” o “trabajo remoto”,  se refiere a la sustitución de los desplazamientos por las telecomunicaciones. El “teletrabajo” es más amplio y puede que no siempre sustituya los desplazamientos, pero estas son relativamente menores. (OIT).

 

¿Qué obligaciones tiene el empleador en el trabajo remoto?

 

Fundamentalmente, no afectar la naturaleza del vínculo laboral, ni rebajar la remuneración, e informar al trabajador sobre las medidas y condiciones de seguridad y salud en el trabajo que deben observarse durante el desarrollo del trabajo remoto.  El empleador debe constatar que el trabajo que se requiere del trabajador se puede realizar con seguridad desde casa.


¿Qué obligaciones tiene el empleado en el trabajo remoto?


Básicamente, guardar confidencialidad de la información proporcionada por el empleador para la prestación de servicios;  y  estar disponible, durante la jornada de trabajo.


¿Quién suministra los equipos y medios para desarrollar el trabajo remoto?


El internet, telefonía u otros, pueden ser proporcionados por el empleador o el trabajador. Al respecto la OIT señala que “Los empleadores deberían proporcionar a los trabajadores las herramientas, los equipos, los suministros y la tecnología necesarios para llevar a cabo las tareas requeridas en casa. En ausencia de disposiciones legislativas o medidas gubernamentales que obliguen a los empleadores a reembolsar a los trabajadores los gastos incurridos por el trabajo desde casa, los empleadores deberían estudiar la posibilidad de reembolsar a los trabajadores los gastos razonables y necesarios en que hayan incurrido al realizar las tareas requeridas”.

 

¿Qué sucede  cuando el trabajo remoto se  desarrolla en una jornada que  exceda la ordinaria?


El empleador deberá respetar los límites de la jornada y horario de trabajo. De lo contrario, se incurriría en un supuesto de trabajo en sobretiempo. (Carlos Espinoza Carranza).  A comienzos de 20201, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) puso a disposición de la ciudadanía la ‘Guía de buenas prácticas ergonómicas para el trabajo remoto durante el confinamiento por el covid-19’.

 

¿El trabajador se puede desconectar de internet, fuera de la jornada ordinaria laboral?


Por lo menos doce horas continuas, sì. En noviembre del año pasado el gobierno estableció el derecho a la desconexión digital, por tanto los  empleadores deberán respetar jornadas máximas de trabajo y no podrán exigir realizar tareas o coordinaciones de carácter laboral durante el tiempo de desconexión. digital.

 

Independientemente que esté apagado el móvil, casi siempre los trabajadores encuentran  comunicaciones  como correos electrónicos o mensajes vía WhatsApp, de parte de sus empleadores.

 

¿A que sanciones se pueden ver expuestos los empleadores que abusen de la jornada laboral de sus empleados en casa?

 

En marzo del 2021 se tipificó como una infracción grave no respetar el tiempo de desconexión digital (asignar tareas, establecer coordinaciones o exigir mantener encendidos herramientas tecnológicas); ejerciendo actos de coerción y/o intimidación sobre los colaboradores. La multa va  de s 6,908 y 114,928 soles.

 

¿Qué sucederá con el trabajo a remoto, después de la pandemia?

 

 “El teletrabajo viene para quedarse pasada la pandemia, y va a significar un cambio real en las estructuras organizacionales, donde el trabajo en red será la regla”, opinó Tino Vargas, especialista en Derecho Laboral, Relaciones Laborales y Compliance Laboral Corporativo.

 

@luforero4

 

 

 

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