Por: Luis E. Forero Medina Abogado/Especialista enSaluderecho |
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En la clasificación del acoso, una rama es el acoso político que en épocas preelectorales se pone de moda, por lo que el Congreso de la República del Perú tiene menos de seis meses para sacar adelante un proyecto de ley que tiende a acabar esa conducta contra la mujer a todo nivel público, sean las “autoridades elegidas por voto popular, que nos representan en todos los niveles de gobierno como a todas las mujeres funcionarias públicas que hayan sido designadas en cualquier entidad estatal”, reza la iniciativa.
La propuesta legislativa define el acoso político “a los actos de presión, persecución, hostigamiento y amenazas con la finalidad de limitar, anular, atentar, restringir, contrarrestar o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres autoridades”. Desde luego comprende todos los niveles de gobierno: Municipal, distrital, regional y nacional.
El compendio de lo que se proyecta, tiene como antecedente La VI Conferencia de Estados Parte de la Convención de Belém do Pará que adoptó la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos contra las Mujeres (octubre de 2015, Lima) – el primer acuerdo regional íntegro sobre esta problemática.
El proyecto de ley que està en una de las Comisiones del Congreso, aunque tiene eco parlamentario, probablemente va a hacer ajustado en relación con algunos vacíos o deficiencias que podría presentarse en su desarrollo.
La denuncia del presunto acoso político se presentaría ante el partido político o la institución con la que la víctima intenta participar en el proceso electoral; expresando concretamente los probables actos de acoso político, debidamente fundamentado en las varias causas que lo contemplan.
Algunos ejemplos de acoso político los trae la CEPAL (La Comisión Económica para América Latina y el Caribe). En cuanto a las candidatas, “la asignación de distritos claramente perdedores, la ausencia de apoyo material o humano y agresiones o amenazas durante el período de campaña”, y en el caso de las mujeres electas, “la asignación a comisiones de poca importancia o a áreas de poca importancia, con bajo o sin presupuesto, trato discriminatorio por parte de los medios de comunicación, mayor exigibilidad de rendición de cuentas e intimidación, amenazas, violencia física contra ellas mismas o hacia su familia, incluido, en situaciones extremas, el asesinato y la violación sexual, entre otros.”
En el proyecto de ley se ampara a las mujeres que busquen el voto popular para diferentes cargos, sea como alcaldes, congresistas o cabildantes; a mujeres que pertenezcan a la plantilla de una entidad estatal y a las que representan a los sindicatos.
Entre tanto, el acoso político podría pasar de agache, muchas veces ejercido por caciques políticos que lo aprovechan para posicionar a sus candidatas a cargos de elección popular, o incluso administrativos.
De salir avante esa iniciativa, se consagraría y celebraría el 7 de setiembre de cada año como el Día de los Derechos Cívicos de la Mujer, e igualmente se crearía el Observatorio nacional de violencia política contra la mujer.
Costa Rica, Honduras, Ecuador y México son los únicos países de América Latina y el Caribe que debaten similares proyectos para combatir el acoso político; pese a que en Quito (2007) y Santo Domingo (2013), los gobiernos de la región se comprometieron a adoptar medidas legislativas y reformas institucionales para prevenir, sancionar y erradicar el acoso político y administrativo contra las mujeres. En Bolivia rige la Ley N° 243 de 2012 a ese respecto; en Colombia sigue archivado un proyecto de ley de 2018 que dicta normas para el control, vigilancia y sanción de la violencia política contra las mujeres.
@luforero4 |
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