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Banda mafiosa de Provías Nacional sacan jugosas tajadas en comisiones

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

Funcionarios beneficiaron a empresa de ingeniería ICCGSA con más de S/ 30 millones en proyecto de corredor vial Lima - Huancavelica y que tenía un presupuesto de S/ 225 428 188.

Patrica Cama Mendez, Gerente de la Unidad de Conservación de PVN, forma parte de la banda mafiosa de funcionarios que favorecieron a la firma ICCGSA cometiendo de manera intencionada una serie de irregularidades en perjuicio del Estado.
Patrica Cama Mendez, Gerente de la Unidad de Conservación de PVN, forma parte de la banda mafiosa de funcionarios que favorecieron a la firma ICCGSA cometiendo de manera intencionada una serie de irregularidades en perjuicio del Estado.

 

Sin justificación técnica o legal, funcionarios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (Provías Nacional - PVN) beneficiaron indebidamente a la empresa encargada de los trabajos de mejoramiento y conservación periódica del corredor vial Cañete-Lunahuaná-Yauyos-Chupaca-Huancayo-Pampas (343 Km), reconociéndole el pago de S/ 30 845 034.

 

Otras irregularidades detectadas están relacionadas a pagos en exceso o por servicios no ejecutados que generaron además un perjuicio económico por S/ 369 012.

 

Así lo señala el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 10348-2020-CG/MPROY-AC, (Periodo 30 de abril 2015 a 31 diciembre de 2019) que detalla los hechos en los que están comprendidos 14 personas que laboraron en PVN durante los años 2015 y 2019, quienes tendrían presunta responsabilidad civil, penal y administrativa.

 

Como se conoce, el año 2015 PVN convocó a concurso público y suscribió contrato con la empresa Ingenieros Civiles y Contratistas General - ICCGSA para ejecutar el servicio de gestión, mejoramiento y conservación por niveles de servicio del citado corredor vial (considerado como vía alterna a la carretera central, que une Lima, Junín y Huancavelica) por S/ 225 428 188.48, en un plazo de cinco años. Del mismo modo, en octubre de 2016, suscribió contrato con el Consorcio Vial Cañete-Huancayo (Consorcio Supervisor) para la supervisión de dicho servicio, por S/ 17 214 701.16, en un plazo de 1886 días calendario.

 

Sin justificación

 

Como resultado de la Auditoría de Cumplimiento se detectó que, sin justificación técnica y/o legal, funcionarios de PVN aceptaron el pedido del contratista y aplicaron indebidamente la penalidad por retrasos en la culminación del servicio de mejoramiento, contraviniendo la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y las condiciones establecidas en el contrato suscrito.

 

De esta manera, se evitó que se extinga la causal de resolución de contrato toda vez que en enero de 2019 había alcanzado la penalidad máxima (10% del monto total contratado) en el rubro Otras Penalidades, por sus continuos incumplimientos en la ejecución del servicio.

 

Patricia Cama administraba varios millonarios proyectos conjuntamente con el exgobernador regional de Huancavelica, Glodoaldo Alvarez Ore. Foto 2017.

 

Este hecho ocasionó que el contratista resulte favorecido indebidamente con la continuación de su contrato de servicio, desde febrero hasta julio de 2019, fecha en la que PVN decide finalmente cancelar la relación contractual bajo los mismos argumentos que se tuvo en enero 2019 (haber alcanzado la penalidad máxima en el rubro Otras Penalidades), reconociéndole el periodo de febrero a mayo de 2019 con un pago de S/ 30 845 034. Ese reconocimiento también alcanzó al consorcio supervisor con un pago de S/ 1 443 787.58 por el periodo febrero hasta junio 2019.

 

La situación se produjo a pesar que el contratista prestó un servicio deficiente por el incumplimiento permanente de sus obligaciones, sin que se culmine con el servicio contratado cuyo término estaba programado para octubre 2020, lo que afectó al Estado y a los usuarios al no contar con una vía en la que se esperaba mejores condiciones de transitabilidad.

 

Fórmula que no correspondía y plazo irregular

 

Asimismo, se identificó que los Términos de Referencia del concurso público para seleccionar al contratista conservador incluyeron una fórmula polinómica para reajustar la conservación rutinaria que corresponde a una Obra y no a un Servicio, ocasionando un pago en exceso de S/ 141 349.51 en perjuicio del Estado.

 

Además, se evidenció que funcionarios de PVN otorgaron al consorcio supervisor un plazo adicional excepcional (cinco días hábiles) para subsanar observaciones a las cartas fianzas presentadas, plazo que no correspondía y que le sirvió para gestionar y completar las garantías que en la fecha límite para suscribir contrato (12 días hábiles luego del otorgamiento de la buena pro) no contaba.

 

Dichas cartas fianzas que presentó cumplido el plazo ampliado, no cumplían con la vigencia mínima de un año que exige la normativa de contrataciones; sin embargo, se continuó con el proceso de contratación. Este hecho ocasionó que el consorcio supervisor sea favorecido con el contrato, afectando la transparencia y legalidad con la que se deben de conducirse las contrataciones del estado.

 

Adelanto directo

 

Del mismo modo, funcionarios de la entidad pública observaron y devolvieron la solicitud de adelanto directo que realizó el consorcio supervisor en la fecha límite que tenía para hacerlo, otorgándole un plazo adicional para que subsane dicha solicitud, sin siquiera precisarle un plazo o fecha límite.

 

Tal procedimiento que no correspondía por cuanto no está regulado en los documentos contractuales o normativa de contrataciones, presentando un mes después (aprox.) una nueva solicitud con las mismas cartas fianzas de su pedido inicial que no precisaban el componente a cautelar (Conservación o Mejoramiento), motivo de la observación; sin embargo, se continuó con el trámite y se le benefició con el pagó de adelanto directo de S/ 2 341 199 que no correspondía.

 

Reconocimiento de servicios no prestados

 

También se detectó que los funcionarios públicos no analizaron el Cuadro de Gestión de Recursos reestructurado presentado por el consorcio supervisor, que considera y distribuye los recursos correspondientes a la etapa de supervisión del Plan de Mejoramiento que dicho consorcio no realizó, en las demás etapas del servicio de supervisión, ocasionando que se le valorice y pague un monto de S/ 227 mil 663.30 por un servicio no prestado que representa perjuicio económico.

 

Los resultados del presente informe se han puesto en conocimiento del director ejecutivo de Provías Nacional para el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores involucrados, y a la Procuraduría Publica de la Contraloría General para el inicio de las acciones legales que correspondan.

 

Vea la lista de funcionarios corruptos de Provías.

 

 

Dato

 

La empresa ICCGSA interpuso una demanda arbitral ante la resolución del contrato que, por falta de acuerdo entre las partes, se continua en la Dirección de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE, pasando a ser un arbitraje Ad Hoc. Previo ello, también hizo lo propio ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la PUCP por la denegatoria de ampliaciones de plazo.

 

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