Por: Alfredo Gutarra Luján - Corresponsal Informativo Cultural "Rimaykusun" |
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TAYACAJA - El candidato a la alcaldía provincial de Tayacaja por el Movimiento Independiente Trabajando Para Todos Carlos Común Gavilán afronta más de 12 denuncias ante la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín por las siguientes obras:
1) Creación e Implementación de los Servicios Educativos del Centro Poblado de Santiago de Tucuma, Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica.
2) Ampliación de la Infraestructura y Equipamiento de la I.E. N°207 del Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica.
3) Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Construcción de Sistema de Desagüe y Construcción de Letrinas en 10 Comunidades Campesinas del Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica.
4) Adquisición de Tractores con Similares Características Técnicas mediante 15 Procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva (compra ilegal de tractores).
5) Mejoramiento y Ampliación del Jr. Bolívar, Tramo Pasaje Abad – Ovalo de Yacuraquina y Pavimentación de la Calle Las Malvinas del Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica,
6) Mejoramiento e Implementación de la I.E. N°31040 de la Comunidad Campesina de Ahuaycha Casay, Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica,
7) Perfiles y Proyectos del 2012, 2013 y 2014.
8) Mejoramiento de la I.E. Nivel Secundario Mariscal Cáceres, Distrito de Daniel Hernández – Tayacaja – Huancavelica.
9) Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Pampas, del Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica,
10) Instalación del Sistema de Agua y Desagüe en las Comunidades del Centro Poblado de Tucuma, Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica (proceso de selección para la contratación de la elaboración y evaluación del expediente técnico).
11) Instalación del Sistema de Agua y Desagüe en las Comunidades del Centro Poblado de Tucuma, Distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica (ejecución de la obra) y
12) Instalación del Sistema de Riego por Absorción de Loma Huaico, Tarapuquio, Cochapampa, Sillapata del Centro Poblado de Sacahacoto, Distrito de Surcubamba – Tayacaja – Huancavelica.
Carlos Común también afronta denuncias de la Contraloría General de la República en las obras:
1) “Construcción de la Infraestructura del Coliseo Cerrado de Pampas”, dónde permitió el consentimiento de 16 ampliaciones del plazo sin sustento, además que se aprobaron y pagaron por los trabajos parcialmente ejecutados y sin ejecutar, conllevando a la inaplicación de penalidades y ocasionando el perjuicio económico de S/ 477, 188.79 soles a la Municipalidad Provincial de Tayacaja.
2) “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Pampas – Tayacaja – Huancavelica”, se modificó los términos de referencia y direccionó el otorgamiento de buena pro a la supervisión; se realizó pagos en excesos por modificación del expediente técnico y ampliaciones de plazo sin justificación, pagos de partidas parcialmente ejecutadas y no ejecutadas, finalmente por liquidación consentida con pagos que no corresponden; produciendo un perjuicio económico de S/ 5 198,943.00 soles y un riesgo potencial de S/ 1 574, 498.00 soles al Estado.
3) “Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Construcción del Sistema de Desagüe y Construcción de Letrinas en 10 Comunidades Campesinas del Distrito de Pampas”, se identificó el pago por ampliación de plazo, así como por partidas no ejecutadas y parcialmente ejecutadas, tampoco se exigió la renovación de la Carta Fianza de fiel cumplimiento; esto originó el perjuicio económico al Estado de S/ 1 050, 645.71 soles.
4) “Mejoramiento de Canales de Riego del Valle de Pampas (Afianzamiento Hídrico de los Ríos Viñas y Opamayo), distrito de Pampas – Tayacaja – Huancavelica”, ejecutada por el Consorcio Molero, se dio el proceso de selección sin contar con la disponibilidad del terreno, admitieron propuestas que no cumplieron requerimientos técnicos mínimos, se otorgó mayores puntajes sin corresponder; además durante la ejecución de la obra se aprobaron valorizaciones con presupuesto distinto al expediente técnico, los cuáles contenían partidas no ejecutadas y parcialmente ejecutadas; acarreando un perjuicio económico de S/ 2 822, 196.81 soles a la Municipalidad Provincial de Tayacaja.
5) “Mejoramiento de la Institución Educativa Nivel Secundario Mariscal Cáceres del Distrito de Daniel Hernández – Tayacaja – Huancavelica”, ejecutada por el Consorcio Escorpión, se permitió requerimientos técnicos mínimos restringiendo la pluralidad de postores, buena pro otorgada al postor a pesar de no calificar, pagos por partidas no ejecutadas y parcialmente ejecutadas, ampliación de plazo sin causal justificada, inaplicación de penalidades por mora y no se ejecutó la garantía de fiel cumplimiento, causando perjuicio económico de S/ 492, 641.33 soles al Estado.
Cabe resaltar que por la obra: “Adquisición de tractores agrícolas con similares características técnicas, mediante 15 procesos de selección de adjudicación directa selectiva” fueron inhabilitados de ejercer cargo público los exfuncionarios de la gestión de Carlos Común Gavilán por la Contraloría General de la República:
Bovier Gustavo Lapierre Paredes (Subgerente de Logística),
Charles Álvarez Camargo (Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura y miembro titular del Comité Especial),
Hugo Yuber Almonacid Acevedo (Subgerente de Estudios, Proyectos y Área Usuaria)
Rodolfo Walde Quispe (Gerente de Administración y Finanzas).
A Bovier Lapierre Paredes se le imposibilitó de ejercer función pública por un año por haberse determinado responsabilidad administrativa funcional por la comisión de la conducta infractora prevista en el Inc. c) del Art. 46° de la Ley N°27785, modificada por la Ley N°29622, descrita y especificada como infracción grave en el Inc. b) del Art. 8° del Reglamento de Ley N°29622, aprobada por Decreto Supremo N°023-2011-PCM.
A Charles Álvarez, Hugo Almonacid y Rodolfo Walde se les sancionó con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por dos años, al haberse determinado responsabilidad administrativa funcional por la comisión de la conducta infractora prevista en el Inc. c) del Art. 46° de la Ley N°27785, modificada por la Ley N°29622, descrita y especificada como infracción grave en el Inc. h) del Art. 7° del Reglamento de Ley N°29622, aprobada por Decreto Supremo N°023-2011-PCM.
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Informe de la Contraloria
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