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CASO ROLEX: La presidenta Dina Boluarte seguirá siendo investigada le guste o no

Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria consideró que decisión fiscal de ampliar investigación por el caso Rolex por 8 meses no infringe el principio del debido proceso o plazo razonable.

El juez supremo Juan Carlos Checkley Soria rechaza el pedido para que se cierre la investigación por presunto enriquecimiento ilícito de la mandataria chalhuallquina de la izquierda criolla llamada popularmente "caviar".
El juez supremo Juan Carlos Checkley Soria rechaza el pedido para que se cierre la investigación por presunto enriquecimiento ilícito de la mandataria chalhuallquina de la izquierda criolla llamada popularmente "caviar".

 

La presidenta Dina Boluarte seguirá siendo investigada por presunto enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaraciones en documentos. El Poder Judicial rechazó el pedido de la jefa de Estado para que se cierre la pesquisa en su contra.

 

En concreto, el juez supremo Juan Carlos Checkley Soria, del Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró infundada la solicitud de control de plazo presentada por la defensa de la mandataria “en la investigación preliminar seguida en su contra por el delito de enriquecimiento ilícito y otro en agravio del Estado”.

 

“La decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación así como establecer el plazo de ocho meses resulta aplicable y, en ese sentido, no infringe principio alguno como como debido proceso o plazo razonable”, señala el magistrado.

 

 

Como se recuerda, mediante la Disposicio?n N° 06 de 17 de mayo del 2024, la Fiscali?a de la Nación desacumulo? los hechos investigados referidos a la imputacio?n contra Boluarte Zegarra.

 

Los hechos vinculados a la recepción de los relojes Rolex y joyas con diamantes fueron remitidos a una carpeta fiscal, y se formuló denuncia constitucional ante el Congreso contra Boluarte por el presunto delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado.

 

Además, se dispuso que los hechos investigados contra el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Nu?n?ez, por el delito contra la administracio?n pu?blica, modalidad cohecho activo gene?rico, en agravio del Estado, sean remitidos a la Fiscali?a coordinadora correspondiente para que proceda a su distribucio?n al despacho fiscal llamado por ley.

 

Boluarte también es investigada por los hechos vinculados a un presunto incremento de dinero en sus cuentas bancarias por S/ 432.932,25; y haber registrado depósitos de origen desconocido, realizados también a sus cuentas – entre el 29 de julio del 2021 hasta agosto del 2022- en su condición de exministra de Inclusión Social; y por no haber consignado en su declaración jurada haber obtenido los relojes de alta gama.

 

Por estos dos últimos hechos viene siendo investigada por los delitos contra la administracio?n pu?blica, modalidad enriquecimiento ili?cito, y contra la fe pu?blica, modalidad omisio?n de consignar declaraciones en documentos, ambos en agravio del Estado.

 

En audiencia pública, la defensa de la mandataria señalaba que al vencerse el plazo de 60 días establecido en las leyes N° 27379 y 27399, al no concluirse dicha indagación, se estaría vulnerando el plazo razonable.

 

Mientras que, el fiscal supremo adjunto Luis Germaná precisó que si bien la Carpeta Fiscal 162-2024 se dispuso la desacumulación el 17 de mayo del 2024, los hechos que aún continúan siendo objeto de investigación fueron declarados un caso “complejo”; y se fijo? como plazo de investigacio?n preliminar ocho meses .

 

Por ello, indicó, el tiempo tendría que ser computado a partir del 17 de mayo del 2024, por lo que el vencimiento se produciri?a el 16 de enero del 2025. Esto, además, puesto que resultaba necesario contar con un plazo de investigacio?n ma?s amplio en atención a la necesidad de realizar pericias, revisio?n de documentacio?n complicada, ana?lisis te?cnicos respecto a informacio?n, declaraciones juradas de auto avalu?o, ingreso de remuneraciones y otros ingresos por actividades privadas, y otras.

 

En su resolución, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria consideró que la decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación y establecer el plazo de ocho meses no infringe el principio del debido proceso o plazo razonable.

 

Fuente: EC

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