Hacemos de conocimiento de la opinión pública que en el marco de la negociación colectiva seguida por Shougang Hierro Perú S.A.A. y su Sindicato de Obreros Mineros, habiendo surgido un conflicto de competencia y, en cumplimiento de la normativa legal y constitucional vigente, mediante Resolución Ministerial N° 158-2022-TR del 5 de junio de 2022, se determinó que la autoridad competente para conocer los asuntos relacionados a la referida negociación colectiva y declarar la improcedencia o ilegalidad de la huelga, entre otros aspectos, es la Dirección General de Trabajo (DGT).
Por ello, ante la comunicación del Sindicato de Obreros de Shougang de iniciar una huelga indefinida el martes 11 de octubre, la DGT citó inmediatamente a las partes a su instancia de diálogo a fin de que arriben a una solución satisfactoria. Sin perjuicio de ello, y dentro del plazo legal la Dirección General evaluó y verificó el cumplimiento de los requisitos de la huelga declarándola procedente.
Alejandro Salas, ministro de Trabajo.
Ante esta situación, es importante recordar que el derecho de huelga, reconocido constitucional e internacionalmente, tiene como objetivo defender los intereses de los trabajadores y mejorar sus condiciones laborales, debiendo ejercerse de manera pacífica y respetando otros derechos fundamentales. En similar sentido, los empleadores no deben de causar ningún perjuicio o afectación a los trabajadores por el ejercicio legítimo de un derecho. Por ello, exhortamos a las partes, empresa y trabajadores, a ejercer sus derechos, pacíficamente y sin incurrir en actuaciones arbitrarias.
Finalmente, con el objetivo de garantizar el ejercicio el derecho de huelga dentro del marco legal vigente la DGT ha cumplido con oficiar a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, Defensoría del Pueblo, Jefe de la Región Policial de Ica y Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de Ica, para que se tomen las acciones que pudieran corresponder en el ejercicio de sus funciones y competencias durante el desarrollo de la huelga.
Lo que dicen los trabajadores de la mina china Shoogang Hierro Perú en Marcona, Ica
El Secretario General del Sindicato de Obreros Mineros SHP, Jonathan Cáceres Loayza, lamentó que la mina china Shougang Hierro Perú S.A.A. utilice mecanismos vedados por ley para "tumbarse la procedencia de la huelga, a realizarse a partir del martes 11 de octubre".
Condenó la implementación del bono "amarillito", que tiene como propósito que los trabajadores desacaten la medida de fuerza, obligándolos, según le habrían referido, a firmar documentos en las "charlas de 5 minutos".
Asimismo, la Asesora Legal de la institución sindical, la abogada Viviana Valle Castro, señaló que la procedencia del derecho a la huelga es constitucional, claro y válido y que "no deben dejarse llevar por informaciones propaladas por la Empresa", ya que es una garantía lo resuelto por la Dirección General de Trabajo de Lima, que se basó en que la actividad minera desarrollada en la Región Ica por Shougang "genera un impacto en la economía a nivel nacional".
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