ICA | Mediante Resolución Administrativa N° 000034-2020-CSJIC/PJ, la presidencia de esta Corte Superior de Justicia, designó a los señores Jueces de Paz Titulares y Accesitarios por el periodo de 04 años, quienes iniciaran funciones a partir de la fecha de su juramentación ante los Jueces Decanos de sus jurisdicciones; siendo estos los siguientes ciudadanos:
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE TAMBO DE MORA - CHINCHA
• Lino Eduvino Zúñiga Sánchez.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE CHAVÍN - CHINCHA
• Elmer Melecio Saldaña Peve.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE SAN ANDRÉS - PISCO
• Dina Yobana Ku Jonjoy de De la Cruz.
JUZGADO DE PAZ DEL CENTRO POBLADO DE COMATRANA – ICA
• Isabel Jaqueline Tejeda Quispe.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE LLAUTA - LUCANAS
• Diosdado Salvador Simón Rafael.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE RIO GRANDE - PALPA
• Carlos Wilfredo Alfaro Sanca.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE LLIPATA - PALPA
• América Pilar Flores Mendiz.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE LARAMATE - LUCANAS
• Inés Máximo Ormeño Vásquez.
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - ICA
• Natahie Norma Yolanda Conde Mendoza
JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE EL INGENIO - PALPA
• Declarado Desierto.
Cabe señalar que, el proceso eleccionario se desarrolló en el 2019 en cada jurisdicción, asimismo se remarca que los Jueces de Paz son elegidos por los ciudadanos de manera directa y democrática, así lo establece la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz y el Reglamento de Elección Popular de los Jueces de Paz, que fue aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 098-2012-CE-PJ.
Es importante remarcar que la justicia de paz es un sistema especial dentro del sistema de justicia. Para entender su configuración institucional debemos primero considerar la definición del artículo I del Título Preliminar de la Ley e interpretarlo de manera sistemática con el resto de la normativa sobre la materia, así como la realidad social donde la justicia de paz se desempeña.
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