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Declaran improcedente "hábeas corpus" para excarcelación de Keiko Fujimori

LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS - CASO KEIKO FUJIMORI.

Medida fue dictada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Arequipa. Recurso fue presentado por el ciudadano Julio Jove Vilca


AREQUIPA | La Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Arequipa confirmó la improcedencia del hábeas corpus interpuesto por el ciudadano Julio Jove Vilca para la excarcelación de Keiko Fujimori, investigada por el delito de lavado de activos.

La disposición fue informada por el Poder Judicial a través de su cuenta en Twitter.
 
Keiko Fujimori cumple prisión preventiva de 36 meses en el marco del proceso que se le sigue por lavado de activos vinculado con aportes ilícitos de la empresa Odebrecht.

La medida cautelar fue dispuesta el 31 de octubre de 2018 por el juez Richard Concepción Carhuancho, quien remarcó que con ello se busca asegurar la presencia de la investigada durante todo el proceso penal.

El juez consideró que, atendiendo al peligro procesal alto de Fujimori y su conducta de obstaculizar la actividad probatoria, sí cabía la prisión preventiva.

La defensa legal de la excandidata presidencial presentó un recurso de casación para revertir la prisión preventiva; la jueza suprema provisional, Susana Castañeda, emitirá su voto dirimente sobre este recurso el jueves 12 de setiembre a las 15.00 horas.
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