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Dorsal de Nasca: Día decisivo para el futuro de las Áreas Protegidas en el Perú

Magistrados constitucionales verán si es legal el Decreto Supremo que crea la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, pero que permite la pesca industrial pese a que esta práctica extractiva representa una verdadera amenaza.

La Dorsal de Nasca tiene un origen volcánico, que se formó hace aproximadamente 30 millones de años. A diferencia de otras cordilleras submarinas del mundo, esta se encuentra a grandes profundidades. Su superficie es irregular, y presenta fosas, cañones, terrazas, cimas, cuevas y cráteres, generando ambientes únicos de importancia ecológica.
La Dorsal de Nasca tiene un origen volcánico, que se formó hace aproximadamente 30 millones de años. A diferencia de otras cordilleras submarinas del mundo, esta se encuentra a grandes profundidades. Su superficie es irregular, y presenta fosas, cañones, terrazas, cimas, cuevas y cráteres, generando ambientes únicos de importancia ecológica.

 

 

En una audiencia prevista para este jueves 20 de marzo, la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima escuchará los argumentos de las partes a favor y en contra del Decreto Supremo N°008-2021-MINAM, que permite la pesca industrial en la Reserva Nacional Dorsal de Nasca. 

 

La decisión del colegiado será determinante para el futuro de la conservación marina en el país.

 

La Reserva Nacional Dorsal de Nasca es un ecosistema único con alta biodiversidad y especies amenazadas, pero que se encuentra bajo amenaza por la pesca industrial, franqueada cuya legalidad será debatida por los jueces.

 

Lea también:

 

 

Si los magistrados de la Primera Sala Constitucional validan el mencionado decreto supremo, estarán en peligro todas las áreas marinas protegidas del Perú, ya que la pesca industrial incursionará en los ecosistemas frágiles.

 

Con más de 12 millones de soles en multas, el rechazo de PRODUCE a las apelaciones de las pesqueras sancionadas refuerza la protección de las áreas naturales protegidas del Perú. Foto: difusión

 

Un favorable paso a favor de Paracas

 

En un significativo hecho relacionado con el debate sobre el Dorsal de Nasca, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) ha desestimado 99 apelaciones presentadas por empresas pesqueras sancionadas por extracciones ilegales en la Reserva Nacional de Paracas.

 

La decisión, que implica multas por más de 12 millones de soles, marca un hito en la defensa de las áreas naturales protegidas del país.

 

 

El Consejo de Apelación de Sanciones (CONAS) de PRODUCE ha desestimado los argumentos de las empresas, confirmando la legalidad y vigencia de la prohibición de pesca industrial en Paracas.

 

De los 99 casos, 49 fueron declarados "infundados", manteniendo las multas originales.

 

En 4 otros 6 casos fueron ratificadas las infracciones por velocidades de pesca dentro de la reserva, igualmente sancionables. Solo dos multas fueron reajustadas por errores de cálculo.

 

El pronunciamiento de PRODUCE es un mensaje contundente: la pesca industrial no tiene cabida en las áreas naturales protegidas del Perú.

 

La determinación de PRODUCE fortalece la protección de Paracas y sienta un precedente clave para la audiencia judicial sobre la Dorsal de Nasca que se veré este jueves 20 de marzo.

 

La ciudadanía, las comunidades costeras y los gremios de pescadores artesanales están pendientes de lo que resuelva el Poder Judicial respecto al Decreto Supremo N°008-2021-MINAM.

 

 

La Reserva Nacional Dorsal de Nasca, hogar de especies amenazadas, enfrenta amenazas por la pesca industrial, cuyo futuro legal será determinado por los magistrados de la Corte Superior de Justicia. Foto: difusión

 

Decisión por la protección

 

El experto en derecho ambiental, César Ipenza Peralta, ha destacado la urgente necesidad de salvaguardar las áreas naturales protegidas, un mandato que se origina en el artículo 68 de la Constitución peruana.

 

Ipenza alerta que la pesca industrial con sus mecanismos de captura inflige daños irreparables a los ecosistemas marinos vulnerables, haciéndola incompatible con la conservación.

 

 

Esta posición se encuentra expresada en la normativa internacional, donde las directrices de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), explica el experto: la pesca industrial no tiene cabida en áreas protegidas de países comprometidos con la conservación.

 

En 2021, organizacionales y extranjeras aplaudieron la creación de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca mediante el Decreto Supremo N°008-2021-MINAM; sin embargo, llamaron la atención sobre el artículo 5.2, que virtualmente autoriza la pesca industrial: “Se reconoce y respeta el ejercicio y continuidad de las actividades extractivas de aquellos armadores pesqueros con derechos adquiridos o títulos habilitantes al establecimiento de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca”.

 

¿Es legal que se permita la pesca industrial en una Reserva Nacional? Es lo que resolverán los magistrados de la Sala Constitucional.

 

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