El Poder Judicial ha decidido declarar improcedente la medida cautelar presentada por Leche Gloria S. A., mediante la cual pedía que se le permita utilizar provisionalmente el insumo denominado “leche en polvo” para la elaboración del producto “leche evaporada”, y seguir utilizando esta última denominación como identificación comercial del producto.
Se debe tener en cuenta que en abril se publicó la modificación al reglamento de la leche, Decreto Supremo 004-2022-MINAGRI, que determina que la leche evaporada deber ser elaborada únicamente con leche fresca. De usarse otros insumos, como leche en polvo, el producto pasa a tener la denominación de mezcla láctea. Esta norma entrará en vigencia el próximo 4 de octubre.
Asimismo, Gloria solicitaba que se deje sin efecto provisionalmente este decreto supremo, pues sostuvo que mediante el artículo 1 del decreto que modifica el Reglamento de la Leche y Productos Lácteos se prohibió la adición de leche en polvo para la elaboración del producto Leche Evaporada, con lo que “se están afectando sus derechos a la igualdad y no discriminación en materia económica, libertad de empresa”.
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