Por: William Contreras Chávez - Abogado
En el mes de setiembre del 2013, el Diario Liberación, publico un artículo mío, bajo el título “JNE, el voto golondrino y sus consecuencias”, pues siendo un problema aún vigente que afecta la voluntad de los auténticos electores de una determinada localidad, por la ausencia de un suficiente verificación domiciliaria que acredite la legalidad de una reciente y masiva migración de electores que el sistema electoral aún no ha resuelto y siendo un tema de agenda durante los procesos electorales municipales y regionales, me permito comentar nuevamente hoy frente a un nuevo contexto electoral, pues según el cronograma estamos a escasos días para aprobarse el padrón electoral con ocasión de las próximas elecciones municipales y regionales, sin que la autoridad competente haya emitido los atajos correspondientes para impedir la alteración de la genuina voluntad popular.
Ninguna norma destinada a sancionar las irregulares migraciones domiciliarias ha logrado detener este fenómeno, por el contrario según se sabe durante electorales municipales y regionales estos se incrementan con mayor nitidez y organización, birlando todo tipo de fiscalización, dirigidos por los candidatos alcaldes que apostaban por una reelección y aquellos que cuentan con los recursos económicos suficientes para sufragar la tasa del RENIEC, los pasajes y la propina del golondrino.
El “golondrinaje” atenta contra la democracia y la voluntad de los pueblos para elegir a sus auténticos representantes, cuya responsabilidad ciertamente le atañe al sistema electoral por no prevenir ni poner las barreras necesarias, para impedir que se trastoque la esencia de la democracia e imposibilitar que los golondrinos en un sinnúmero de distritos y provincias del país sigan definiendo el destino de aquellos lugares que recién van a conocer y con el cual no tienen ningún vínculo; no conocen su folklore, costumbre, historia, pasado, presente y futuro, mucho menos sus problemas. No hay democracia, sin respeto por la verdadera voluntad popular expresada en las urnas.
Qué duda cabe, los ciudadanos tienen la libertad de escoger el domicilio que les convenga, así lo faculta el artículo 33, 35 y 41 del Código Civil, y la propia Carta Magna en el inc.11 del art.2, pero cuando éste se realiza con el oscuro propósito de sorprender al sistema electoral a fin de favorecer a un determinado candidato o partido, falseando una dirección imposible e inexistente, estamos frente a la figura del fraude, sólo por no haberse comprobado ni fiscalizado la legalidad de tales cambios al ser evidente y sospechosa la mudanza domiciliaria.
Se hace necesario entonces prevenir con tiempo para que en el futuro los malos candidatos no pretendan torcer la voluntad popular, ni mucho menos la fiesta democrática de nuestros pueblos sea maculada con la presencia de ajenos que aun hoy, en la era de la globalización paradójicamente esté freso los recuerdos que indignan la conciencia cívica y democrática en nuestra historia, como el caso del tratamiento que se dio al voto indígena al comienzo y durante la República resumidas por Víctor Gracia Toma en su Libro Los Derechos Políticos, cuando se refiere a la forma en que se llevaron a cabo las llamadas “elecciones supletorias” para la composición del Primer Congreso Constituyente, señalando así, don José de la Riva Agüero, en su manifestación de 1824, alude concretamente al caso del congresista por Huancavelica Antonio de Colmenares:
El tal Colmenares y el voto indígena
“Ante la posibilidad material de efectuar los comicios en ese lugar, por encontrarse ocupado por las fuerzas realistas, hubo de llevarse a cabo en Lima, con los naturales de la zona con residencia en la capital. El tal Colmenares tomó unos cuantos indígenas que trabajaban como cargadores en la puerta del mercado; los condujo al recinto electoral proveyéndolos de cédulas escritas para que votaran para él y por los demás que figuraban en la misma lista; y así salió elegido diputado, curiosamente por ocho o nueve individuos que él mismo reunió para el acto de sufragio”.
Más adelante este mismo autor, aludiendo a Manuel Atanacio Fuentes en referencia al voto indígena señala: “A menudo había que arrear a los electores desde pueblos lejanos” estos permanecían “varios días en corralones para que reflexionaran sobre el augusto acto de soberanía que iban a ejercer”. Dichas encerronas reflexivas eran estimuladas con la distribución de “regular cantidad de aguardiente para excitar la fibra patriótica” y como bien consignara el poeta Cesar Vallejo se trataba del “ganado republicano”. Pareciera que el Perú no ha cambiado mucho.
Los golondrinos
Ha pasado tantas décadas, pues hoy no sólo a base de tragos, sino por una coima y otros alicientes, muchos electores serán trasladados en micros, ómnibus y camiones para ser encerrados ya no en un corralón sino en la casa de algún candidato y después de sufragar devolverlos a sus lugares de origen. Estos son los “golondrinos” que decidirán en muchos lugares el porvenir de un pueblo que recién conocieron.
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Si no hay tiempo para corregir la migración domiciliaria para esta próxima contienda electoral, se debe buscar los mecanismos de fiscalización necesaria y la inclusión de normas que prohíban y sancionen ejemplarmente esta conducta tanto para los promotores como para el propio golondrino, no sin antes el propio sistema electoral utilizando los medios más idóneos verifique la existencia de los nuevos domicilios no sólo de los candidatos sino también de los electores cuya autenticidad domiciliaria estén en tela de juicio, pues los domicilios deben tener las características dilucidadas en sendas ejecutorias señaladas por la justicia electoral, como el previsto en los casos de vacancia de algunos mediáticos alcaldes que señalaron como sus domicilios viviendas que no eran tales, como es el caso del ex Alcalde de Huarochirí Víctor Palomino, incluso como el caso del ex candidato de Miraflores Manuel Masías y otros, sin dejar la vigilancia y el seguimiento por lograr una ejemplar sanción a quienes se atrevieron sorprender al sistema y la voluntad popular.
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