El domingo 19 de mayo último concluyó el plazo de la investigación preliminar que realizó el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, contra la presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, y el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, por el escándalo de los Rolex y los incrementos de presupuesto a dicha región.
Desde hace una semana en las oficinas del Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la fiscalía de la Nación, se discute qué hacer luego del 19 de mayo: forzar una ampliación del plazo acogiéndose al Código Procesal Penal o cumplir con lo que establece el párrafo segundo del artículo 1° de la Ley 27399 que da sustenta jurídico al inicio de la investigación.
Para una ampliación de plazo ya no habría oportunidad, según la mayoría de fiscales. La norma procesal común señala que esto debió realizarse antes del 18 de mayo y haberse notificado a todos los involucrados.
Denuncia constitucional
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Dina Boluarte tiene el apoyo del Congreso.
Lo que queda es cumplir con la Ley 27399. Esta norma precisa: “El plazo de la investigación preliminar no excederá de 60 (sesenta) días naturales. En caso de encontrar evidencias o indicios razonables de la comisión de los delitos a que se refiere el párrafo precedente (delitos de función cometidos por altos funcionarios públicos), el Fiscal de la Nación formula la denuncia constitucional correspondiente, adjuntando copia autenticada de los actuados en dicha investigación.”
El fiscal de la Nación se habría referido al cumplimiento de esta ley en su última presentación ante el Congreso de la República. Villena declaró que en los próximos días emitirán un pronunciamiento de fondo en las investigaciones contra Dina Boluarte y otros funcionarios, y que los plazos en el caso de los Rolex estaban por vencer.
Esto es, según las fuentes, que se procederá a presentar la acusación constitucional contra Dina Boluarte ante el Congreso por delitos de enriquecimiento ilícito, omisión de información en declaraciones oficiales y cohecho propio e impropio, con los hallazgos realizados hasta hoy. De no tomar esa decisión, el caso se tendría que archivar.
Wilfredo Oscorima reconoció que le prestó un Rolex a la presidenta Boluarte.
Sin embargo, todos son conscientes de que es poco probable que la denuncia constitucional prospere, dado el apoyo que las fuerzas políticas, que controlan el Parlamento, brindan a Boluarte. Además, los indicios no serían concluyentes en el momento actual para motivar la comisión de actos ilícitos.
Boluarte y Oscorima han admitido la recepción y entrega a préstamo de lujosas joyas y que el gobernador regional de Ayacucho recibió ampliaciones de presupuesto, pero salvo la coincidencia de lugares y fechas, no hay un indicio claro que conecte la ilicitud en ambos eventos.
La presidenta y el gobernador regional niegan que los préstamos implicarán una contraprestación, un intercambio de favores. Para un enriquecimiento ilícito se requiere un peritaje financiero contable que muestre que los gastos son superiores a los ingresos. Actos de investigación que requieren más tiempo y que se podrían realizar en una formalización de investigación preparatoria.
El 10 de mayo de 2024, el Ministerio Público inició diligencias preliminares contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el ministro del Interior, Walter Ortiz por la desactivación del grupo especial de la Policía Nacional que brindaba apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), dirigido por la fiscal Marita Barreto. El plazo de está investigación también tiene un plazo máximo de 60 días, hasta el 10 de julio de 2024.
Contraataque
Nicanor Boluarte, en audiencia judicial.
Mientras la fiscalía de la Nación evalúa qué pasos dar, los abogados de los principales implicados han empezado a levantar trincheras de defensa.
Así, ante la eventualidad de que la fiscalía busque innovar en los procedimientos penales en cuanto al plazo de la investigación, como sucedió en la época del expresidente Pedro Castillo, la defensa de Oscorima pidió al juez Juan Carlos Checkley que realice una audiencia de control de plazo. El juez Checkley deberá citar una audiencia para decidir.
De otro lado, a pedido de la defensa de Boluarte, el juez de Investigación Preparatoria ha convocado para este martes, 21 de mayo, una audiencia de tutela de derechos.
Juan Carlos Checkley, juez supremo de investigación preparatoria.
La defensa de la presidenta Boluarte cuestiona que la fiscalía haya realizado una extracción y transcripción de información de fuente abierta -de artículos periodísticos de La Encerrona, La República y El Comercio- sin la participación de su defensa técnica, lo que afectaría su derecho de defensa.
Los abogados piden la nulidad de la extracción, transcripción de esa información y su inclusión en el expediente del caso, lo que estuvo a cargo de los fiscales adjuntos Karina Llatance Mendoza y Walter Arnaldo Giles Paucar.
De prosperar este pedido de la presidenta, la fiscalía de la Nación se quedaría sin la noticia que sustentó el inicio y la ampliación de la investigación preliminar y que fundamentaría, en su mayor parte, la denuncia constitucional contra Dina Boluarte.
Abogado renuncia a la defensa
Mateo Castañeda renunció a la defensa de Dina Boluarte
En tanto, el abogado Mateo Castañeda renunció este lunes 20 de mayo a la defensa de la presidenta Dina Boluarte. La decisión se oficializó a través de las redes sociales del estudio jurídico Castañeda&Menacho. El comunicado precisa que el letrado ya no representará a la jefa de Estado, tampoco a su hermano Nicanor Boluarte ni al exministro Carlos Morán.
"Nuestro estudio de abogados ha decidido apartarse de la defensa de la señora presidenta Dina Boluarte y Nicanor Boluarte (…) Se ha dado cuenta que se trata de una investigación encubierta con el objetivo de perjudicar a la señora presidente a quien tienen falsamente a la cabeza de un organigrama de una supuesta organización hecha solo con fotografías", precisa el comunicado.
El viernes 17 de mayo, Castañeda salió en libertad tras permanecer siete días con detención preliminar como supuesto integrante de una organización criminal. La Quinta Sala de Apelaciones concluyó que si bien había hechos que justificaban una investigación, no había indicos de que el abogado obstaculice o intente fugar, para motivar una privación de libertad.
Fuente: La Republica
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