Solo en lo que va del 2024, el despacho presidencial ha aprobado desembolsar S/771.000 para defender a la mandataria Dina Boluarte Zegarra y ex altos funcionarios investigados, en su mayoría por casos de corrupción.
Según la información del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace), en el caso de la jefa de Estado se contrató al abogado Joseph Campos para que la represente en la investigación que se le sigue por genocidio. El costo por sus servicios es de S/180.000.
El despacho presidencial también asume los gastos de las defensas de los expresidentes Alejandro Toledo y Ollanta Humala en los procesos que siguen contra ellos.
El 1 de abril último se aprobó pagar S/291.000 por la contratación del abogado Edinson Huamán Chacón, encargado de brindar asesoría legal a Humala en el marco de la investigación por el megacaso de corrupción Odebrecht.
Ese mismo día, la Oficina de Abastecimiento del despacho presidencial acordó contratar a José Rivadeneyra por el monto de S/100.000 para que defienda a Alejandro Toledo, quien ahora se encuentra en prisión y también es investigado por haber recibido dinero de la constructora brasilera.
Además, se aprobó pagar S/200.000 a su abogado, Juan Carlos Portugal, abogado, también, de Luis Nava, exsecretario general de la Presidencia del segundo gobierno de Alan García.
Estos contratos se realizan en el marco de la Ley Servir n° 30057, que establece que los altos funcionarios o exfuncionarios públicos puedan pedir que el Estado peruano pague los gastos de su defensa.
Así lo establece esta norma, promulgada en julio del 2013 durante el gobierno de Ollanta Humala, cuya finalidad es que “las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil”.
Uno de sus artículos establece que quienes trabajaron en entidades públicas pueden contar con defensa y asesoría legal pagadas por el Estado en caso de que sean investigados por algún encargo que realizaron mientras ejercieron sus funciones.
“Las entidades públicas deben otorgar la defensa y asesoría, a la que se refiere el literal l) del artículo 35 de la presente ley, a los servidores civiles que ejerzan o hayan ejercido funciones y resuelto actos administrativos o actos de administración interna bajo criterios de gestión en su oportunidad”, señala la norma.
Fuente: La Republica
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