Tres medicamentos que se están utilizando para el tratamiento del Covid-19 deberán ser comercializados obligatoriamente por todas las farmacias del país en su versión genérica, según quedó establecido por el Ministerio de Salud a través de la Resolución Ministerial 302-2020-MINSA.
La norma incorporó la Dexametasona fosfato (como sal sódica) de 4 mg, Epinefrina (como clorhidrato o tartrato) de 1 mL 1 mg/mL y la Metilprednisolona (como succinate sódico) de 500 mg en el Listado de Medicamentos Esenciales Genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos.
Con estas incorporaciones, el listado mencionado pasa a estar compuesto por 34 fármacos, los cuales son de existencia obligatoria en las farmacias y boticas, en su versión genérica.
La fiscalización del cumplimiento de esta norma está a cargo de las oficinas de control de medicamentos de las Direcciones de Redes Integradas de Salud y de las Direcciones Regionales de Salud.
Se debe recalcar que el Gobierno Central aprueba medidas para garantizar el acceso de los ciudadanos a medicamentos para el tratamiento del coronavirus
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