Tras la inscripción oficializada de partidos políticos como Progresemos y Nuevo Perú, a través de su cuenta oficial en X (antes Twitter), el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que existen 30 partidos políticos inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) aptos para participar en cualquier proceso electoral convocado.
"Treinta (30) partidos políticos cuentan actualmente con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE y estarían expeditos para participar en cualquier proceso electoral que se convoque", se lee su publicación.
Esto quiere decir que hasta la fecha los partidos con inscripción vigente son: Acción Popular, Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), Alianza para el Progreso, Avanza País, Fe en el Perú, Frente Popular Agrícola FÍA del Perú (Frepap), Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Libertad Popular, Nuevo Perú por el Buen Vivir, Partido Aprista Peruano, Partido de los Trabajadores y Emprendedores PTE-Perú, Partido Demócrata Unido Perú, Partido Demócrata Verde, Partido Democrático Somos Perú, Partido Frente de la Esperanza 2021, Partido Morado, Partido Patriótico del Perú, Perú Libre, Partido Político Perú Acción, Partido Político Perú Primero, Partido Político PRIN, Partido Popular Cristiano - PPC, Partido Político SíCreo, Perú Moderno, Podemos Perú, Primero la Gente, Progresemos.
Asimismo, publicaron en su red social que la inscripción en el ROP requiere cumplir con una serie de requisitos y procedimientos estipulados por la Ley de Organizaciones Políticas y su reglamento.
"La inscripción de un partido político o movimiento regional en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) obedece a una serie de requisitos, procedimientos y plazos establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento del ROP", se observa en su cuenta en X.
Como se sabe, el proceso de afiliación política tiene como límite del 12 de julio, para aquellos ciudadanos que aspiran a postularse en las elecciones generales del 2026. Esta fecha establecida por el JNE surge tras la aprobación de la Ley 32058, la cual modifica leyes electorales y de organizaciones políticas.
El abogado constitucionalista, Heber Campos, opinó que es responsabilidad de las organizaciones políticas elegir candidatos idóneos, competentes y, sobre todo, honestos. "Son las organizaciones políticas las que presentan la oferta electoral", dijo. pic.twitter.com/i75UBsidiX
— JNE Perú (@JNE_Peru) July 6, 2024
El abogado constitucionalista, Heber Campos, opinó que es responsabilidad de las organizaciones políticas elegir candidatos idóneos, competentes y, sobre todo, honestos. "Son las organizaciones políticas las que presentan la oferta electoral", dijo.
Por ello, el JNE dispuso un horario extendido hasta el domingo 7 de julio, donde sus oficinas ubicadas en Jirón Cuzco 653, en el Cercado de Lima, atenderá de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Asimismo, durante la semana previa al 12 de julio, el horario se ampliará hasta las 11:59 pm, tanto en la sede central como en las oficinas desconcentradas en 19 departamentos del país.
Cabe resaltar que para afiliarse a un partido político, los ciudadanos deben presentar una declaración jurada que garantice la veracidad de la información en sus padrones o fichas de afiliación, tal como lo establece el Reglamento de Organizaciones Políticas. En caso de detectarse algún incumplimiento, el personero legal del partido tiene un plazo de dos días para subsanar las observaciones.
"Las personas que son procesadas y condenadas por delitos contra la administración pública de ninguna manera deberían, no solo volver a postular sino, tener espacio en la gestión pública, porque han demostrado que no tienen vocación por el servicio publico", indicó en #JNETV. pic.twitter.com/mvwN6IL8Cq
— JNE Perú (@JNE_Peru) July 6, 2024
"Las personas que son procesadas y condenadas por delitos contra la administración pública de ninguna manera deberían, no solo volver a postular sino, tener espacio en la gestión pública, porque han demostrado que no tienen vocación por el servicio publico", indicó.
De igual forma, los ciudadanos que deseen desafiliarse deben presentar su solicitud de renuncia de manera presencial en las oficinas del JNE o en las oficinas desconcentradas, con la certificación de su firma por el fedatario institucional. Alternativamente, pueden realizar la solicitud de manera virtual con firma digital certificada. Las organizaciones políticas deben registrar las renuncias ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) con el documento original de renuncia.
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