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Keiko Fujimori, abandonará el Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos en las próximas horas

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

Por obra y gracia de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional. El documento debe ser enviado al juzgado y luego al INPE para su excarcelacion.

Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero consideraron que no se corroboró el peligro de obstrucción a la investigación por parte de Keiko Fujimori. Carlos Ramos consideró que, al haberse disuelto el Congreso, la investigada no tendría el poder político de su bancada para obstruir la investigación.
Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero consideraron que no se corroboró el peligro de obstrucción a la investigación por parte de Keiko Fujimori. Carlos Ramos consideró que, al haberse disuelto el Congreso, la investigada no tendría el poder político de su bancada para obstruir la investigación.

 

LIMA | Hoy, el Tribunal Constitucional (TC) publicará la resolución que anuló la prisión preventiva que el Poder Judicial (PJ) le impuso a Fujimori Higuchi, como parte del Caso Odebrecht.

 

Tras ello, se concretará su excarcelación, luego de haberse declarado fundado el recurso de hábeas corpus que se interpuso a su favor.

 

Según pudo confirmar El Comercio, hasta ayer en la tarde el presidente del TC –y ponente de la resolución que en mayoría dispuso liberar a Fujimori Higuchi–, Ernesto Blume, junto a los magistrados José Luis Sardón y Augusto Ferrero, ya habían cumplido con firmar el documento.

 

“Los tres ya han firmado la ponencia [de Blume]”, indicaron desde el TC.

 

También alcanzó su voto singular el magistrado Carlos Ramos, quien también se pronunció a favor de la excarcelación.

 

La magistrada Marianella Ledesma entregará su voto hoy, junto con los de Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña. Los tres, en minoría, votaron por que Keiko Fujimori permanezca en prisión.

 

El último lunes, el pleno del TC decidió someter a votación el recurso.

 

Blume dijo a este Diario que la mayoría de los magistrados consideró que la prisión preventiva contra Fujimori Higuchi no se fundamentó adecuadamente, ya que el peligro de obstrucción a la justicia no se corroboró.

 

Para excarcelación Concepción Carhuancho debe anular la medida restrictiva que dictó.

 

Para que la excarcelación de Keiko Fujimori se concrete, el TC debe notificar su resolución a la sala superior que confirmó la prisión preventiva y esta, a su vez, oficiar al juzgado de investigación preparatoria a cargo de Richard Concepción Carhuancho para que anule la medida restrictiva que dictó.

 

Cumplido dicho trámite, el juez deberá oficiar al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para que proceda a liberar a Fujimori Higuchi.

 

Giulliana Loza, abogada de la excongresista, dijo que la liberación de su patrocinada “dependerá mucho del momento en que notifiquen y oficien. Si alcanzamos tiempo [será] mañana mismo [hoy] o el viernes muy temprano”.

 

Ministerio Público

 

Se desconoce hasta el momento si el Ministerio Público solicitará alguna medida restrictiva menos gravosa contra Fujimori, a fin de sujetarla a la investigación por lavado de activos y criminalidad organizada.

 

Las pesquisas se vinculan a la recepción de presuntos aportes ilícitos de la empresa Odebrecht para sus campañas electorales del 2011 y 2016. Por ello, el 31 de octubre del 2018 se dictó prisión preventiva por 36 meses.

 

Cabe recordar que el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia fueron excarcelados cuatro días después de que el TC declarara fundado su hábeas corpus y anulara su prisión preventiva por el Caso Odebrecht.

 

Los votos

 

A favor. Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero consideraron que no se corroboró el peligro de obstrucción a la investigación por parte de Keiko Fujimori.

 

A favor pero con reparos. Carlos Ramos consideró que, al haberse disuelto el Congreso de la República, la investigada no tendría el poder político de su bancada para obstruir la investigación.

 

En contra. Manuel Miranda, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña consideraron que la prisión preventiva se sustentaba en un peligro de obstrucción a la justicia.

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