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La acaudalada congresista Lady Camones contra la conservación de las 5 millas marinas

Las 5 millas marinas protegidas permite a miles de pescadores peruanos artesanales llevar el pan de cada día a sus familias durante todo el año desde tiempos inmemoriales.

Las 5 millas marinas deben ser protegidas y conservados por sobre toda otra consideracion de la avidez voraz de la industria de pesquera nacional y de los poderosos pesqueros coimeros depredadores asiaticos.
Las 5 millas marinas deben ser protegidas y conservados por sobre toda otra consideracion de la avidez voraz de la industria de pesquera nacional y de los poderosos pesqueros coimeros depredadores asiaticos.

 

Se ha discutido ampliamente sobre la definición de la pesca artesanal, la cual, según la ley que reconoce la pesca tradicional ancestral y la pesca tradicional artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas (en adelante Ley 31749). En esta ley se define a la pesca tradicional artesanal como un tipo de actividad pesquera realizada con el empleo de embarcaciones menores o sin ellas, con predominio del trabajo manual.

 

Asimismo, dice: “Este tipo de pesca se realiza en embarcaciones artesanales e incluye únicamente métodos no destructivos y selectivos no mecanizados para su ejecución; es decir, no utiliza aparejos navales utilizados en la pesca industrial, como redes de arrastre, palangres, grandes redes de cerco ni dragas hidráulicas, las cuales no solo destruyen ecosistemas marinos, sino que también son prácticas poco selectivas, en las cuales se ven atrapadas muchas especies que no son objetivo de pesca.”.

 

A pesar de esta definición clara, han surgido cuestionamientos y se quieren implementar modificaciones a dicho concepto enmarcado en el artículo 3 de la Ley 31749. Una de las principales impulsoras de dichas modificaciones es la congresista Lady Mercedes Camones Soriano, de Alianza para el progreso, que plantea incluir en dicho enciso lo siguiente: “y/o con avance tecnológico (equipos y/o mecanismos tecnológicos) para una adecuada recolección de los artes o aparejos de pesca, y, con el fin de garantizar la integridad física de los pescadores”

 

 

De igual forma, plantea modificar el artículo 33, donde se impide la pesca de cerco mecanizado entre la línea litoral y las tres millas marinas, por el impedimento de pesca de arrastre en estas 3 primeras millas. Esto genera claramente un vacío legal, para que se pueda permitir la pesca de cerco mecanizado en las 3 primeras millas.

 

Ante esta arremetida que pretende modificar el espíritu de la Ley 31749, se generan varias interrogantes. ¿Cuál es el interés de una congresista que conoce poco de la pesca artesanal, para generar importantes modificaciones que pueden afectar nuestros ecosistemas y la actividad pesquera artesanal? ¿Existe una presión para estas iniciativas? ¿Quiénes son los más beneficiados con estas modificaciones?

 

Es muy importante mencionar que el impulso para lograr la publicación de la Ley 31749 estuvo basada en un arduo trabajo de varios especialistas, con una amplia experiencia en el ámbito pesquero y ecosistemas marinos, y fue validada con diversos gremios de pescadores artesanales.

 

¿Cuál es la importancia de conservar las primeras 5 millas?

 

Las primeras 5 millas resultan fundamentales para lograr una conservación sostenible de muchas especies marinas. Dicha zona sustenta su importancia por ser altamente productivas donde se presentan zonas de afloramiento. De igual forma, es una zona donde muchas especies utilizadas para el consumo humano directo se reproducen y donde se da el desarrollo de distintas etapas de vida de estas. Muchos países consideran las 5 primeras millas de sus mares como zonas reservadas, donde exclusivamente solo se puede desarrollar pesca artesanal, actividad que causa menos impactos que otro tipo de actividades pesqueras. Quizás el caso más reciente es el intento de Ecuador de designar sus 8 primeras millas marinas como una zona protegida.

 

 

La pesca, al igual que otras actividades económicas, pueden causar impactos en los ecosistemas y más si esta es desarrollada con artes mecanizados como artes de cerco o arrastre. Es por eso que resulta fundamental no emplear este tipo de artes en zonas como las 5 primeras millas de nuestro litoral.

 

 

Existe mucha información con respecto al impacto que ocasionan las artes de pesca mecanizadas en los ecosistemas. Quizás los perjuicios más recurrentes son la destrucción y fragmentación de hábitats, y la sobreexplotación de los recursos5,6,7,8,9. Si esta modificación es aceptada, podría causar grandes impactos. Por eso resulta urgente la publicación de la reglamentación de la Ley 31749, la cual, debió haberse realizado en agosto del 2023. También es importante que los congresistas que pretendan generar modificaciones estén preparados e informados sobre el tema que pretendan llevar a discusión.

 

Fuente: Antony Apeño, CooperAccion

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