De nada sirve publicar que tal gobernador o alcalde ha cometido actos de corrupción si los informes de control no tienen efecto disuasivo.
Es un secreto de Polichinela que en gran mayoría de casos, los miembros del Consejo Regional o Municipal son miembros del mismo partido político que el gobernador o alcalde o simplemente están bajo la sombra de la autoridad en ejercicio. Por ejemplo en Huancavelica.
La Contraloría General presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que propone incorporar como causales de vacancia y suspensión de autoridades regionales y locales, la imposición de una sanción firme por parte la Entidad Fiscalizadora Superior, con el propósito de efectivizar las sanciones administrativas y salvaguardar adecuadamente los recursos económicos del Estado.
En su iniciativa legislativa, la Contraloría plantea que el cargo de gobernador, vicegobernador y consejeros regionales; así como el cargo de alcalde o regidor se declare vacante o se suspenda por tener una sanción firme de suspensión temporal o inhabilitación para el ejercicio de la función pública, como consecuencia del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Contraloría.
Para el caso de la vacancia, esta procederá siempre que el plazo de la sanción administrativa impuesta a la autoridad regional o local sea igual o mayor al período que le resta de su mandato; mientras que
para el caso de la suspensión, procederá si la sanción es menor al período en referencia.
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El proyecto de la Contraloría también propone que la vacancia o suspensión sea declarada directamente por el Jurado Nacional de Elecciones, entidad que deberá pronunciarse dentro de los 10 días hábiles de recibida la comunicación.
Dicho planteamiento se hace debido a que
Concejo Regional o Municipal -que es actualmente la encargada de declarar la vacancia o la suspensión de las autoridades regionales y locales-, podría entorpecer la ejecución de la medida dispuesta por la Contraloría puesto que los gobernadores y alcaldes elegidos tienen una amplia mayoría dentro del concejo respectivo.
Cabe señalar que en el 2016, la Contraloría atendió
879 denuncias contra los gobiernos locales y 439 contra los gobiernos regionales.
En el marco del fortalecimiento del rol de la Contraloría General de la República, dicha institución considera necesario adecuar el marco legal existente para efectivizar las sanciones administrativas que impone la Entidad Fiscalizadora Superior.
Costo beneficio Lea
La Contraloría señala que
la aplicación de esta medida no irroga egreso económico alguno a las Entidades del Estado involucradas, sino que permitirá salvaguardar adecuadamente los recursos económicos destinados a los gobiernos regionales y locales.
Modificaciones a la legislación nacional
La propuesta modifica los artículos 15°, 30° y 31° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, así como los artículos 9°, 22°, 23° y 25° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, incorporando nuevos supuestos de vacancia y suspensión en el cargo de los gobernadores y consejeros regionales, así como los alcaldes provinciales, distritales y regidores.