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La eterna tortura en la sombra y la discreción

Siempre ha sido parte de los usos y costumbres del Hombre desde que empezó a caminar a "dos patas". Las técnicas han evolucionado, pero la finalidad es la misma, hacer sufrir al prójimo.

En el imaginario colectivo tenemos referencias intemporales como los de la Santa Iquisición en Europa y el Nuevo Mundo y la famosa tortura china, una especialidad de los asiaticos. Foto: Camara de los tormentos, Museo de la Inquisicion, Lima.
En el imaginario colectivo tenemos referencias intemporales como los de la Santa Iquisición en Europa y el Nuevo Mundo y la famosa tortura china, una especialidad de los asiaticos. Foto: Camara de los tormentos, Museo de la Inquisicion, Lima.

 

Por: Luis E. Forero Medina  Abogado/Especialista enSaluderecho 

 

En 1997 la ONU dio a conocer que 100 empresas de todo el mundo fabrican y venden instrumentos de tortura. Los más comunes son dispositivos de electrochoque que se sujetan al cuerpo, esposas para pulgares, esposas aturdidoras que pueden infligir una descarga eléctrica de 60.000 voltios y se activan por control remoto, grilletes con pesos y "camas de red" similares a una jaula.

 

Los testimonios acerca de las torturas en algunas ocasiones atribuyen estas a cuerpos de policía y militares, diversos métodos de tortura en extremo espeluznantes.

 

Desde 1948, existe una prohibición mundial de la tortura y todas las formas de crueldad y humillación. Hace 33 años, en 1987, un 26 de junio, entró en vigor La Convención de la ONU contra la Tortura; fruto de un trabajo iniciado en 1972 por Amnistía Internacional para “conseguir que la tortura sea tan inconcebible como la esclavitud.”. Dicha Convención ha sido ratificada por más de 156 países; sin embargo ese movimiento global presente en más de centenar y medio de  países,  ha informado sobre actos de tortura en 141 países durante los últimos cinco años.

 

La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, define la tortura como “ (...) todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia (…) ”

 

Los rasgos característicos  de la tortura,  considerado un crimen de lesa humanidad, son las sombras en las que las  ejecutan los torturadores, que  actúan sin miedo a ser detenidos, perseguidos o castigados; la incomunicación de los torturados, la poca o nada labor investigativa, y la impunidad.

 

Las personas más propensas a la tortura, “uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes”, son los pobres, los niños, las niñas, las minorías étnicas o religiosas y grupos de oposición política y las personas privadas de la libertad, cuyo calvario a veces comienza al ser detenidas.

 

Conforme a Amnistía Internacional, el sistema judicial penal de China depende en gran medida de confesiones forzadas, casi siempre logradas mediante tortura; aún los abogados son ignorados, hostigados, detenidos y torturados. En general la tortura es física o psicológica, como privarlos del sueño; el Banco del Tigre (“Se atan con fuerza las piernas de la persona a un banco, y se agregan gradualmente ladrillos bajo los pies de la víctima, haciendo que las piernas se doblen hacia atrás”) y la exposición a calor o frio extremos.

 

 

En el Perú en virtud del artículo 2º de la Constitución Política del “h) Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. En el Código Penal, con la entrada en vigor de la Ley Nº. 26926, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 21 de febrero de 1998, se incluyó la figura de la tortura. Esa norma contiene un enorme vacío por llenar por cuanto el legislador de esa época no se ocupó de otras prácticas reprobadas, como los tratos crueles, inhumanos y degradantes, contemplados en las mismas convenciones internacionales que proscriben la tortura.

 

@luforero4

 

 

 

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