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La realidad es brutal, en el 2020 el Estado perdió más de 22 mil millones de soles

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

En todo tipo de corrupciones, gentil cortesía de la complicidad entre funcionarios públicos, autoridades de turno y empresarios, pero ahora la Contraloría ya puede sancionarlos.

Contraloría procesará y sancionará administrativamente casos de corrupción en todas las entidades públicas. Sanciones serán independientes a los procesos en la vía civil y penal
Contraloría procesará y sancionará administrativamente casos de corrupción en todas las entidades públicas. Sanciones serán independientes a los procesos en la vía civil y penal

 

 

Hay miles de funcionarios públicos y autoridades de turno descubiertos en flagrante delito que no son sancionados.

 

La Contraloría General informó que la facultad sancionadora para inhabilitar a funcionarios y servidores públicos hasta por cinco años se aplica en función de la gravedad de la conducta y es independiente de las acciones legales que puede iniciar la Procuraduría en materia civil y penal, ante el Ministerio Público y el Poder Judicial como resultado de los servicios de control posterior.

 

Recordó también que uno de los objetivos del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) es la sanción del comportamiento funcionalmente irregular, a través de la separación de la función pública de quienes incurren en infracciones graves o muy graves. Dichas infracciones están debidamente descritas en la ley. La aplicación de sanciones efectivas, oportunas y proporcionales permitirá reducir la sensación de impunidad que existe en el país.

 

Según cálculos de la Contraloría, el Estado habría perdido S/ 22 059 millones, producto de la corrupción y la inconducta funcional en la administración pública en el 2020.

 

El Procedimiento Administrativo Sancionador, previa evaluación, se iniciará a aquellos funcionarios a quienes se hubiera identificado presunta responsabilidad administrativa funcional en los informes de control emitidos por el Sistema Nacional de Control y atribuido la comisión de infracciones graves o muy graves, por hechos ocurridos a partir del 21 de julio del 2021, fecha en que entró en vigencia la Ley N° 31288.

 

Si la infracción hubiera solo producido un perjuicio económico, la Contraloría tiene la facultad de no iniciar el PAS, siempre y cuando el monto total de dicho perjuicio no sea mayor a las 8 UIT (actualmente equivalente a S/ 35 200) y que sea imputable solo a título de culpa. Esto no significa que dichos casos queden impunes, pues se procede a comunicar a los órganos competentes para que adopten las acciones que correspondan  

 

Conductas infractoras

 

La normativa vigente establece clara y adecuadamente las 32 infracciones por responsabilidad administrativa funcional que, previo procedimiento, pueden dar lugar a la inhabilitación para ejercer la función pública.

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