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Maria del Carmen Alva envia al presidente Pedro Castillo la Moción 2148

CONGRESO DE LA REPUBLICA.

En ella pone en conocimiento del mandatario que dicha moción propone su vacancia. Pleno del Congreso se reserva el derecho de acordar día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia.

Cuarenta y nueve congresistas de diversas bancadas presentaron este martes 8 la Moción de Orden del Día nro. 2148 que propone declarar la permanente incapacidad moral del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y, por lo tanto, la vacancia en el cargo.

 

Los firmantes pertenecen a las bancadas de Renovación Popular, Fuerza Popular, Somos Perú, Avanza País, Podemos Perú y Alianza Para el Progreso.

 

El sustento

 

El documento se sustenta en los siguientes hechos: “las contradicciones y mentiras del presidente Castillo en las investigaciones fiscales”, en referencia al caso de las reuniones en la casa de Sarratea, en Breña; las cuestionadas designaciones de algunos ministros de Estado; y la existencia de “un gabinete paralelo o gabinete en la sombra”.

 

Además, por la denuncia de que cuestionados empresarios se reunieron con Pedro Castillo, sus familiares y con el entonces secretario de la Presidencia de la República; por expresar su intención de convocar a una consulta popular para darle salida al mar a Bolivia, y la denuncia de que el mandatario estaría implicado en el pedido de sobornos para ascensos policiales.

 

De igual forma, la moción se fundamenta en el nombramiento ilegal de Daniel Salaverry como presidente de Perupetro, sin cumplir el perfil requerido; el reconocimiento público de Pedro Castillo de que no estaría preparado para ser presidente del país; y las revelaciones de Karelim López en su condición de aspirante a colaboradora eficaz, entre otros.

 

 

Procedimiento

 

Según el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, el procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución, sigue las siguientes reglas:

 

Tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República.

 

“Para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción”

 

Además, señala que el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata.

 

“Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.

 

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