Las motocicletas solo podrán circular con su conductor y sin ningún acompañante en Lima Metropolitana y el Callao desde el próximo jueves 17 de abril, según un decreto supremo publicado por el Gobierno este domingo.
Según el Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, se restringe el acceso a las vías a los vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, los cuales solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante.
“Los conductores de dichos vehículos no deben usar elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad del rostro del conductor”, dice el documento publicado en el diario oficial El Peruano.
La norma señala que en caso se adviertan indicios de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las dependencias policiales para realizar las investigaciones que correspondan.
Dicho decreto también prorroga, por el término de 30 días calendario, a partir del 17 de abril, el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao.
La Policía Nacional (PNP) mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera dicho apoyo.
De este modo, se mantendrá la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
El decreto supremo está firmado por el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y los ministros del Interior, Defensa, Justicia y Derechos Humanos y de Transportes y Comunicaciones.
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