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Por: Luis E. Forero Medina Abogado/Especialista enSaluderecho
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En Perú falta una política nacional para personas en discapacidad
No existen cifras concretas acerca del número de personas en condición de discapacidad. Se tiran la pelota entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
La Ley General de la Persona con Discapacidad, le atribuye a Conadis la misión de censar esa población en todas las regiones, pero el organismo técnico para censos es INEI.
Es importante contar con datos confiables sobre el número y características de la población peruana en discapacidad, para que el Estado planifique y ejecute programas y obras en favor de este sector que algunos calculan en 4 millones de peruanos-as. Cuántas personas en esa condición están excluidas de planes de rehabilitación, no pueden hacer uso del servicio público de educación, recreación y transporte, ni ingresar con comodidad a inmuebles públicos y particulares, porque la arquitectura no los ha tenido en cuenta en sus construcciones.
El año entrante concluye el “Decenio de las Personas con Discapacidad” , con la percepción que se han perdido nueve años en ese tema. Recientemente se ha agravado la situación de este grupo, el gobierno no ha logrado poner en marcha la pensión no contributiva a estas personas, esperando que en el segundo semestre de 2015 se implemente, cuando Economía y Finanzas asigne el dinero requerido. El programa empezaría en Tumbes, Ayacucho, Piura y Huánuco, quedando pendientes 21 regiones.
A los discapacitados tampoco les fue bien en las modificaciones a la Ley del Notariado que dispone que desde el 26 de marzo, las escrituras de hipoteca de inmuebles deben realizarse sólo en el área geográfica donde se ubican los bienes inmuebles.
El Colegio de Notarios de Lima y la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, han pedido que la ley sea modificada, por ir en contra de los derechos de las personas ancianas o que sufren alguna discapacidad física. Tampoco se puede aplicar la norma que fija el 5% de la nómina de trabadores a este colectivo, por cuanto falta su reglamentación.