La lideresa-jefa-presidenta del mundo fujimorista "feliz como una perdiz" porque fue declarado nulo el Caso Cocteles.
Declaran nulo el juicio del caso Cócteles. El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidió, por mayoría, hacer extensiva a todos los acusados la decisión de retirar del caso Cócteles al empresario y dirigente de Fuerza Popular José Chlimper.
Los jueces consideraron que se vulneró al derecho a la debida defensa de los procesados y, a pesar de ello, no se subsanó esos errores en la etapa procesal ocasionando un estado de indefensión. La Fiscalía y la Procuraduría anunciaron que impugnarán la decisión judicial.
La medida fue dispuesta al declarar fundada la solicitud de la defensa del imputado para que se ejecute la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena anular el juicio oral contra su patrocinado.
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) January 13, 2025
Por su parte, la jueza Mercedes Caballero explicó que en el proceso se configura la figura de "acusación sorpresiva", por lo que los investigados no pudieron ejercer oportuna y eficazmente su derecho a la defensa. "No es lo mismo ejercer una defensa en sede judicial si el imputado desconoce las razones por las cuales se da la acusación", dijo.
Asimismo, anotó que la falta se agudiza porque el juez no alertó de este error, lo que confirmó la supuesta ilegalidad del requerimiento acusatorio presentado por el Ministerio Público. "El juez demandado debió corregir ello en etapa procesal con el objeto de que el MP subsane los errores en los que incurrió. Esto generó un estado de indefensión", precisó Caballero.
En ese sentido, los jueces Mercedes Caballero García y Max Vengoa Valdeiglesias resolvieron que la afectación al principio de congruencia procesal advertido por el TC en el caso de Chlimper no permite continuar el juicio público, pues se afecta el derecho de defensa, el debido proceso y la falta de motivación.
Jueces Nayko Coronado, Mercedes Caballero, Max Vengoa.
También establecen que el juicio se anula por responsabilidad del fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez y el juez de investigación preparatoria Víctor Zúñiga Urday. Los jueces acordaron informar la situación generada por el juez a las autoridades competentes para las medidas correctivas, respectivas.
Jueza Nayko Coronado rechaza interpretación extensiva del PJ
Sin embargo, la magistrada Nayko Coronado votó en discordia con la decisión de la mayoría de los integrantes del colegiado en la decisión de anular el juicio y remitir los actuados a etapa intermedia. Para sustentar su posición, la letrada presentó un total de 9 fundamentos en los que expone su desacuerdo con lo decidido por sus colegas Caballero García y Vengoa Valdeiglesias.
De acuerdo con la jueza, no existe regulación normativa que permita la no continuación de un juicio ya instalado que no sean que el acusado haya fallecido, que haya prescrito la acción penal o que haya una sentencia penal sobre los mismo hechos ante otro órgano jurisdiccional. "Eso no ha acontecido en el presente caso, por lo que considero que el retraer el juicio a una etapa anterior vulnera el principio de legalidad", manifestó.
Además, agregó: "No está permitido por ley que ante una situación detectada como un vicio se emita una decisión que posibilite retraerse a una etapa judicial anterior como en este caso. Se vulnera el principio de preclusión de actos procesales. Además, en el presente caso no puede realizarse una interpretación extensiva en base a lo decidido por el Tribunal Constitucional en atención a que existen imputaciones concretas por acusado".
Finalmente, Coronado votó por que se desestime las solicitudes de nulidad presentadas por las defensas de los acusados y que se continúe el juicio oral.
Fuente La Republica
Recibe las últimas noticias del día