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El Poder Judicial notificó a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) la sentencia a favor de la acción de amparo presentada por la entidad respecto del procedimiento legislativo llevado adelante por el Congreso para modificar la Ley Universitaria N° 30220, en perjuicio de la autonomía y facultades de supervisión de la SUNEDU, así como del rol rector del MINEDU en las políticas de educación superior, quedando anulados de manera inmediata los actos de probación por insistencia de la autógrafa de ley del pasado miércoles 13 de julio.
La sentencia, contenida en la Resolución N° 16 del Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, se dio a conocer siete días después de la audiencia única virtual del 12 de julio, en la que la Procuraduría Pública de la SUNEDU y del Congreso presentaron sus alegatos.
Entre sus argumentos señaló que la aprobación del proyecto de ley por insistencia “constituyen una verdadera amenaza al derecho a la educación y educación de calidad, la cual corresponde a (los) estudiantes universitarios”, al atentar contra el derecho de acceso a la educación universitaria e ir contra el principio constitucional de cosa juzgada.
La sentencia indica que la autógrafa desconoce los pronunciamientos anteriormente emitidos por el Tribunal Constitucional en los que se ratifican la constitucionalidad de la Ley Universitaria. En ese sentido, la sentencia ordena al Congreso de la República cumplir con “observar el contenido de las decisiones emitidas por el TC (…)”, pues según versa la sentencia, si bien la función del Congreso es legislar, “las modificaciones deben estar orientadas a reconocer lo avanzado y optimizar el derecho”.
Por ello, en el marco de esta sentencia, se insta al Congreso de la República que tome las medidas correspondientes para el cumplimiento inmediato de lo dispuesto por el Poder Judicial y que, en consecuencia, se abstengan de publicar la autógrafa de Ley aprobada por insistencia el pasado miércoles 13 de julio, así como cualquier acto que impida o retrase el cumplimiento de esta sentencia.
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