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Prohiben comercialización y distribución de plaguicidas con el activo Metamidofos

MINAGRI - ICA

Sustancia altamente tóxica en aves, pulga de agua y abejas; asimismo, por su alto riesgo ecotoxicológico en organismos acuáticos y por su persistencia en cuerpos de agua, es perjudicial para la conservación de la vida acuática.

 

ICA |  El Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), prohibió a partir de hoy la importación y el registro de nuevos plaguicidas de uso agrícola que contengan el ingrediente activo Metamidofos.

 

Según la evaluación realizada por el SENASA, los productores cuentan con otros plaguicidas de menor riesgo para la salud y ambiente, como alternativas al uso del metamidofos.

 

Perjudicial para vida acuática

 

El metamidofos es un insecticida que pertenece al grupo de plaguicidas organofosforados y es considerado una sustancia altamente tóxica en aves, pulga de agua y abejas; asimismo, por su alto riesgo ecotoxicológico en organismos acuáticos y por su persistencia en cuerpos de agua, es perjudicial para la conservación de la vida acuática.

 

Según la Resolución Directoral 0022-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA publicada por el MINAGRI, a través del SENASA, a partir del 30 de noviembre próximo, ya no podrán utilizarse plaguicidas con este ingrediente activo, ni tampoco podrán fabricarse, formularse, envasarse, distribuirse, comercializarse ni  almacenarse.

 

Las medidas aprobadas están acorde a los informes técnicos de las tres instituciones que participan en la evaluación de plaguicidas, entre ellos la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del MINAGRI, el SENASA y la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA del Ministerio de Salud.

 

 

Este plaguicida está incluido en el Anexo III del Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, el cual promueve la responsabilidad compartida entre países importadores y exportadores para proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los efectos nocivos de los productos químicos, ratificada por el Perú con Decreto Supremo Nº 058-2005-RE.

 

Con la norma aprobada, los distribuidores deben evitar tener stocks del producto que contenga este ingrediente activo y se les concederá un plazo para que comercialicen y usen aquellos productos que ya están en el mercado.

 

Se permitirá el ingreso de Metamidofos sólo en caso estén en tránsito con destino al Perú antes de la vigencia de la ley, y se comunicará al ADUANAS que está prohibido ingresar al país plaguicidas químicos de uso agrícola o todo producto que contengan este ingrediente activo.

 

 

 

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