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Registro de sucesiones intestadas creció de 103.33% a nivel nacional

SUNARP

Cuando una persona fallece sin dejar un testamento, los herederos señalados por ley deben iniciar un proceso denominado sucesión intestada.


LIMA .- La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos informó que, de enero a mayo del presente año se inscribieron en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp un total de 40 mil 689 sucesiones intestadas, cifra que representa un crecimiento del 103.33% con respecto a similar periodo comparativo del año pasado en que se anotaron 20 mil 011.

Un hecho que refleja la tendencia creciente de este tipo de registros lo constituye el aumento de estas inscripciones en todos los departamentos del país. Los que presentaron los porcentajes más importantes de crecimiento son Cusco (175.57%), Apurímac (170.32%), Puno (125.96%), Arequipa (120.90%), Ucayali (120.57%), Junín (113.52%), Tacna (110.03%), Moquegua (108.66%), Lima (105.27%), San Martín (102.67%) y Áncash (100.66%).

Luego se ubican La Libertad (97.25%), Lambayeque (95.63%), Tumbes (93.06%), Piura (91.41%), Huancavelica (87.34%), Ica (82.17%), Amazonas (79.83%), Huánuco (77.22%), Loreto (74.46%), Cajamarca (70.27%), Pasco (68.75%), Madre de Dios (60%) y Ayacucho (42.89%).

Vale precisar que cuando una persona fallece sin dejar un testamento, los herederos señalados por ley deben iniciar un proceso denominado sucesión intestada ya que esta es la única forma de acceder a la herencia. De acuerdo a la ley, los primeros en heredar son los hijos y demás descendientes como nietos o bisnietos. En segundo lugar, los padres y demás ascendientes. En tercer lugar está el cónyuge o conviviente (con unión de hecho en el Registro Personal) y, en cuarto lugar, los hermanos. El conyugue o conviviente también hereda conjuntamente con las personas señaladas en el primer y segundo orden.

Otros registros

Por otra parte, del 1 de enero al 31 de mayo del presente año 75,533 compraventas de inmuebles fueron inscritas en el Registro de Propiedad Inmueble, que administra la Sunarp.

Con respecto al periodo enero-mayo 2016, estas anotaciones crecieron en diez departamentos: Madre de Dios (106.89%), Cusco (34.11%), Lambayeque (7.60%), Moquegua (6.08%), Apurímac (4.48%), Ucayali (4.05%), Junín (3.89%), Pasco (3.84%), Lima (1.15%) y Arequipa (1.03%).

En el presente año Lima lidera estas inscripciones con 43,147. Le siguen Arequipa (4,508), La Libertad (3,825), Lambayeque (3,127), Ica (2,897), Piura (2,450), San Martín (2,007) y Junín (1,869). Siguen Loreto (1,534), Cusco (1,431), Áncash (1,404) y Ucayali (1,283), Tacna (1,121), Cajamarca (857), Huánuco (797), Ayacucho (730), Puno (565), Madre de Dios (480), Moquegua (471), Amazonas (366), Apurímac (326), Tumbes (141), Pasco (108) y Huancavelica (89).

Registro de divorcios: poco en Huancavelica, alto en Ica

El número de divorcios inscritos en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp se incrementó en 20.89% al pasar de 2 mil 862 entre los meses de enero a mayo del año pasado a un total de 3 mil 460 en los primeros cinco meses del presente año.

Vale precisar que entre enero y mayo del presente año los departamentos que han presentado un mayor número de divorcios inscritos en la Sunarp son Lima, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Piura, Cusco, Junín, Ica, Áncash, Cajamarca, San Martín, Loreto, Huánuco, Tacna, Ucayali, Puno, Ayacucho, Tumbes, Moquegua, Amazonas, Pasco, Madre de Dios, Huancavelica y Apurímac.

Finalmente la inscripción de inmovilización de partidas del Registro de Propiedad Inmueble creció en 5.08% al pasar de 905 anotaciones entre enero y mayo del 2016 a un total de 951 registros en los primeros cinco meses del 2017.

En lo que va del presente año Lima lidera el registro de estas inmovilizaciones con 548 inscripciones. Le siguen los departamentos de Lambayeque (117), Arequipa (103), La Libertad (42), Ica (27), Áncash (15), Junín (14), Piura (13), Tacna (12), Cajamarca (9), Puno (9), Cusco (8), San Martín (7), Ucayali (7), Huánuco (6), Loreto (5), Apurímac (3), Ayacucho (3) y Moquegua (3).

Conozca gratis los requisitos para cada uno de los trámites antes mencionados en el Tutor Registral Virtual en el siguiente link https://www.sunarp.gob.pe/seccion/tutor-registral/index.html

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