SERFOR exhorta a pollerías uso de carbón vegetal solo de procedencia legal
Este domingo 21 de julio se celebra el “Día del Pollo a la Brasa”, los peruanos comerán pollo.en cantidades industriales.
El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) exhorta a las pollerías, restaurantes de carnes a la parrilla y demás establecimientos comerciales de Piura, a utilizar carbón vegetal y leña de algarrobo y de otras especies forestales, que procedan de bosques manejados o plantaciones forestales, permitidos y autorizados por el SERFOR.
Este domingo 21 de julio se celebra el “Día del Pollo a la Brasa”, uno de los platos bandera de nuestra gastronomía. La Asociación Peruana de Avicultura (APA) estima que ese día se consuman más de un millón de pollos a la brasa a nivel nacional.
Un importante porcentaje del carbón vegetal y leña de algarrobo utilizado en las pollerías para la cocción de los pollos a la brasa, procede de la tala ilegal de esta especie forestal y su procesamiento artesanal para convertirlo en carbón vegetal.
En ese sentido, la Ley N° 29763, Forestal y de Fauna Silvestre, permite y autoriza la extracción, transformación y comercialización sostenible y racional de los recursos forestales y de fauna silvestre, mediante planes de manejo.
Piura
Por ello, en Piura, el SERFOR impulsó la estrategia para formalizar el uso de carbón vegetal en las pollerías y demás establecimientos comerciales, con el objetivo de reducir la tala y el tráfico ilegal de los recursos forestales, así como garantizar la sostenibilidad del algarrobo (Prosopis pallida), especie emblemática y patrimonio de Piura y del bosque seco del norte del país.
También se notificó, convocó, informó y sensibilizó a los propietarios y administradores de los locales dedicados a la venta de pollos a la brasa y carnes a la parrilla, sobre los permisos, autorizaciones para aprovechamiento, y de establecimientos (depósitos) de productos forestales (carbón vegetal y leña de algarrobo y de otras especies forestales) que otorga el SERFOR en Piura.
Asimismo, las infracciones que estable la Ley 29763 como la adquisición, transformación, comercialización o posesión de productos forestales, extraídos sin autorización. La sanción es el pago de una multa económica y decomiso del producto.
Ordenanza municipal
La estrategia de manera participativa, logró que la Municipalidad Provincial de Piura apruebe la ordenanza municipal que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), anexo al Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS), para incluir la nueva infracción por “adquirir, poseer y/o utilizar productos forestales provenientes de lugares no autorizados por la autoridad competente”, con sanciones del 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para este año es de S/ 4,200.