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Unicameralidad e Inmunidad parlamentaria en el Perú

Hay los pro y contras pero lo cierto es que para acceder a la segunda Cámara se requiere generalmente más cualidades que para ser Diputado.

La Unicameralidad funciona en el Perú desde hace un cuarto de siglo. A este país le cuesta más el sistema unicameral que el bicameral. Al Erario Público antes le costaba 36 millones y medio de soles; a partir del 2002 fueron S/. 265 millones.
La Unicameralidad funciona en el Perú desde hace un cuarto de siglo. A este país le cuesta más el sistema unicameral que el bicameral. Al Erario Público antes le costaba 36 millones y medio de soles; a partir del 2002 fueron S/. 265 millones.

 

Por: Luis E. Forero Medina

Abogado/Especialista en Saluderecho


En el Continente americano, Cuba, Venezuela, Ecuador, Perú y siete países centroamericanos rige el sistema unicameral (una Cámara)  en el Poder Legislativo; lo contrario es la bicameralidad  (Dos Cámaras) que es escogido por las demás naciones americanas. Parece que en el mundo sólo en estos países y en Israel, funcionan parlamentos unicamerales.

La Unicameralidad funciona en el Perú hace un cuarto de siglo, desde la Constitución de 1993; cuando se retrocedió  170 años hasta la Constitución de 1823. A este país le cuesta más el sistema unicameral que el bicameral; en 1991  antes de la reforma, los senadores y diputados le valieron al Erario Público cerca de 36 millones y medio de soles; en 2002 fueron S/. 265 millones en ese rubro.

Los pro y contras; virtudes y reparos de si se adopta una sola Cámara o dos abundan; o si uno u otro sistema es el indicado, lo innegable es que en la mayoría de países el Congreso de la República está integrado por dos Corporaciones Públicas, denominadas entre otros nombres según el país, Cámara de Representantes y Senado de la República;  o Diputados y Cámara Alta.

 

 

«Para acceder a esta última Corporación se requiere más calidades que para ser Diputado.»

 

 


En el Perú, para algunas cosas no se discute la intromisión o meterse en la independencia de parte de otro órgano estatal; como el Poder Ejecutivo, cuando escoge dentro de sus ministros a un congresista. Eso puede significar, jugar a dos cargos, al de congresista, en donde tiene su maquinaria política; y su postura de ministro de Estado. Al contrario, si el Poder Judicial trata de investigarlos, los congresistas lo interpretan como indebida intromisión de poderes. El Ejecutivo depende en buena parte del Legislativo para llevar a cabo su programa de gobierno; sin embargo el Congreso peruano anda en permanente zafarrancho.

Inmunidad

Ahora bien, la inmunidad  (cualidad de inmune), en la antigüedad era un “privilegio local concedido a los templos e iglesias, en virtud del cual los delincuentes que a ellas se acogían no eran castigados con penacorporal en ciertos casos”, indica la Real Academia Española.

Algunos congresistas empiezan a delinquir desde antes de; cuando un aspirante  miente, por ejemplo en cuanto a su preparación académica. Ante el  Jurado Nacional de Elecciones manifestó bajo la gravedad  del juramento que es profesional de determinada carrera, especialista, y hasta PhD, sin serlo. Después para justificarse, dice que fueron errorcillos inadvertidos.  Habría cometido un delito de falsedad en documentos, falso testimonio, etc.. Por la inmunidad parlamentaria que se goza, en Perú a ese congresista lo juzgan sus compañeros de la Comisión de Ética Parlamentaria, es decir el mismo Poder Legislativo. En un Estado de Derecho esa función corresponde por lo general  al Poder Judicial.
 

 

 


«En el Perú la Comisión de Ética que desde hace más de un mes está acéfala, pues su presidente renunció, tiene congelados numerosos casos de investigaciones contra sus colegas. Los expedientes antiguos permanecen algunos engavetados, en trámite, para revisión, en reactivación o en estadística.»

 

 


La  Comisión de Ética del Congreso parece una Torre de Babel y además especialista en diversas ramas del derecho. Lo ideal sería que los Congresistas no estuvieran  envueltos en escándalos; sin embargo a esa Comisión llegan madres abandonadas por esposos congresistas que incumplen la obligación alimentaria a favor de sus hijos menores. Otros son  denunciados por asociación ilícita,  peculado, colusión, corrupción, difamación, lavado de activos, apropiación ilícita, lesiones culposas, delitos contra el medio ambiente ; e incluso por homicidio culposo. Algunos tienen procesos penales pendientes antes de la elección.

La Comisión de Ética Parlamentaria, está  conformada por nueve congresistas, de los cuales la mayoría son abogados; los otros son  un agrónomo, un economista, una enfermera y  un pastor cristiano. Al congresista que entre los nueve, le corresponda adelantar una investigación en contra de un colega suyo, debe observar un procedimiento que comprende:

La denuncia contra un congresista  debe estar  acompañada de la documentación probatoria correspondiente. Después de adelantada la respectiva  investigación, que siempre se anuncia se hará hasta las últimas consecuencias, la comisión de Ética está facultada para tomar varios caminos en relación con el congresista denunciado, según la gravedad del asunto.

Primero, a  formularle una Recomendación pública; Segundo, una amonestación escrita pública; tres, una amonestación escrita pública con multa. Todas resultan siendo una burla a la justicia; la primera porque las palabras se las lleva el viento, la segunda porque no duele, y la última aunque se sufre, la multa jamás se cancela.

 

 

 

«La sanción  más grave, es recomendar al pleno del Congreso  de la suspensión en el ejercicio del cargo del congresista  y descontarle de sus haberes hasta ciento veinte días de legislatura.»

 

 

 


Casi siempre, los congresistas están aleccionados para que no acepten nada, y que apelen  ante el pleno del Congreso, que es en últimas el que resuelve. Así van ganando tiempo.

En el evento  de un congresista que esté  sindicado de un delito contemplado en el régimen penal peruano; y de otra parte, existan suficientes pruebas, la Comisión de Ética Parlamentaria, envía el asunto a la  Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Entre tanto, unos y otros investigados le han jugado a la prescripción de la acción penal, es decir a la impunidad; transformando la Comisión de Inmunidad por ‘Comisión de Impunidad’.

En algunos procesos,  entes oficiales como  el Ministerio Público y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), abren investigaciones paralelas a las que lleva  la Comisión de Ética del Congreso; con resultados sorprendentes entre unas y otras. Al final prevalece la Comisión de Ética Parlamentaria, al contrario de otros sentires. Es lo que coloquialmente se conoce como taparse  con la misma cobija, o no pisarse  la manguera, como los bomberos. Como es de usanza,  parodiando al abogado colombiano Fernando Londoño H., los implicados salen “a jurar y perjurar que todo era transparente”. Absolución va, absolución viene.

“La figura de la inmunidad pudiera parecer como una garantía personal que le proporciona al legislador la oportunidad de evitar ser sometido a la justicia y en muchas ocasiones pueda ser percibido como intocable y que se encuentra por encima de la ley”, señala el  Obervatorio político dominicano, en La inmunidad parlamentaria en Latinoamérica y República Dominicana (2014).

Hace 13 años en Lima, Perú, varios países se propusieron dictar una  Ley de Marco Regional en materia de inmunidades, para ser  presentada a la Organización de Naciones Unidas (ONU). Ciertamente el proyecto que cada nación se obligó a redactar, no se encontró algo al respecto.

 

@luforero4

 

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